Confirmado incumplimiento del contrato de avenida Inés García en Neiva

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A través de la Resolución 037 del 23 de junio del presente año, proferido por la Secretaría de Vías e Infraestructura de Neiva, se resolvió recurso de reposición confirmando el incumplimiento del contrato que había sido declarado como tal el pasado 23 de diciembre de 2015 por el Municipio.

El objeto contractual era el de construir obras de infraestructura en el separador de la Avenida Inés García de Durán, vía a Surabastos de la ciudad de Neiva, y se había firmado el día 03 de diciembre de 2014, bajo contrato de obra pública No.1728 entre el Municipio de Neiva y la Unión Temporal San Miguel.

Según informaron los juristas de la Secretaría de Vías del Municipio, luego de la confirmación de la declaratoria de incumplimiento, sigue la liquidación del contrato, actividad que se realizará próximamente en conjunto con la interventoría del proyecto. Luego de liquidado, el Municipio hará efectivas las pólizas lo que significa el cobro por parte de la Administración Municipal a la aseguradora de los valores que se hicieron efectivos en la resolución: $883’041.496 pesos, por garantía del incumplimiento y otros $883’064.597 pesos, por garantía frente a la inversión del anticipo.

Posteriormente se avanzará en la revisión de lo ejecutado de la obra para sacar adelante una nueva licitación que según informó la Secretaría de Vías e Infraestructura, en menos de 15 días podría estar lista y con ello, lograr culminar el proyecto lo antes posible.

No hubo falta de planeación por parte del Municipio

De acuerdo a la Resolución 037, la Secretaría de Vías e Infraestructura que orienta la ingeniera Diana Paola Solaque, estudió a fondo los argumentos esgrimidos por los que interpusieron el recurso de reposición, (Unión Temporal San Miguel), que pretendía anular la Resolución 063 del 23 de diciembre del 2015, que declaraba entonces el incumplimiento del contrato.

Los argumentos rebatidos por la Secretaría de Vías fueron agrupados en tres temas: presuntas fallas de planeación que originan el incumplimiento del contrato; sobre las losetas y la calidad de las obras, y sobre el cambio a las condiciones del asegurador.

Según la resolución que confirma el incumplimiento del contrato, respecto a la supuesta falta de planeación, se aclaró que “el objeto contractual es sencillo y no constituye ni un reto para la ingeniería, carecía de complejidad, desvirtuando a los integrantes de la Unión Temporal para justificar sus faltas”, dice parte del documento.

“En pocas palabras y de manera coloquial podría decirse que estábamos construyendo un andén en un separador de una vía recta y plana, en una época de buenas condiciones climáticas.  Que se contaba con los estudios y diseños necesarios para ser ejecutada a cabalidad”, señala la resolución.

Según se comprobó, nunca existió por parte del contratista una sola solicitud de suspensión de la ejecución del contrato que tuviera origen en la existencia de diseños incompletos.

A pesar de los desembolsos, la obra no avanzó

Fueron reiterados los avisos de alarma que el interventor del proyecto realizó durante la ejecución de la obra, conceptos que fueron proyectados por la Secretaría de vías de la administración Lara Sánchez, durante el proceso que resolvió el recurso de reposición interpuesto por el contratista.

“Si se establece un comparativo entre lo Programado y lo Ejecutado de acuerdo al cronograma entregado por el Contratista, al 18 de junio de 2015 el Proyecto presentaba un atraso del 85,53% resaltando que para esa fecha debió haberse ejecutado la totalidad de las obras con una inversión de $4.415.207.484,00”, fue uno de los conceptos del interventor de la obra tenido en cuenta por la Secretaría de Vías en la Resolución que confirma el incumplimiento del contrato.

Se desembolsaron más de $2.300 millones

El valor del anticipo desembolsado por el Municipio de Neiva en los años 2014 y 2015, a la Fiduciaria del Banco de Occidente S.A., fue de $1.324’562.244 pesos correspondiente al 30% del valor del contrato. Así mismo, se autorizaron 8 desembolsos correspondientes a 8 Actas Parciales de Obra que junto al anticipo, suman en total $2.356’658.730 pesos. “Por tales razones no sirve de excusa el presunto desequilibrio económico del contratista”, señala la Resolución de la Secretaría de Vías e Infraestructura.

“A pesar de que la Interventoría y el Contratante a través de los funcionarios autorizados, le han solicitado al Contratista la implementación de los correctivos y estrategias necesarias para recuperar el atraso de la obra, no se evidencia que el Contratista tome las acciones pertinentes, con lo cual se considera que está incumpliendo sus obligaciones contractuales”.

El anterior fue otro de los argumentos del interventor de la obra validados por la actual Secretaría de Vías e Infraestructura del Municipio para resolver el recurso de reposición interpuesto por el contratista y que terminó por confirmar la declaración de incumplimiento del contrato que ya se había realizado el 23 de diciembre del 2015 por parte del Municipio.

Las losetas no cumplieron con normas de calidad

Otro de los argumentos desvirtuados por la Secretaría de Vías e Infraestructura, fue el tema de las losetas, aclarando que “la fabricación de las losetas no fue una imposición de la Administración ni de la Interventoría del Contrato. Fue una decisión libre y soberana del contratista, quien decidió volverse fabricante de losetas con el propósito de darle cumplimiento al Contrato”, señala parte de la Resolución.

“Ante la decisión del Contratista de  fabricar las losetas por su cuenta y riesgo, el cumplimiento de la norma NTC 4992 se hizo obligatoria para verificar la calidad de las losetas en el Contrato”, advierte la Resolución.

“Ciertamente con sus escritos de defensa el representante legal de la Unión Temporal San Miguel aportó unas pruebas de laboratorio en las que sus losetas cumplen con la norma NTCE4992.  No obstante dichas pruebas no pueden ser tenidas en cuenta, ya que fueron practicadas sin la participación de la interventoría ni con la debida cadena de custodia”, determina la resolución de la Secretaría de Vías. “Por el contrario, en la  Bitácora de la Obra también se dejó constancia que los problemas de las losetas no solo fueron de resistencia, de modo que no superaban las pruebas de laboratorio, sino también estéticos”, puntualiza el documento de la Resolución.

Falencias detectadas en la ejecución de las obras

Otro de los ítems desarrollados en la Resolución 037 por la Secretaría de Vías e Infraestructura, fue el relacionado con daños durante la ejecución del proyecto, trayendo a colación lo conceptuado en su momento por la interventoría de la obra.

En ese sentido, la resolución señala que “a pesar de que la Interventoría en reiteradas oportunidades le ha hecho recomendaciones específicas al Contratista de manera verbal, escrita (a través de oficios) y en la Bitácora, con el objetivo de mejorar la calidad de las obras ejecutadas y/o a ejecutar, y para recuperar el tiempo que se ha perdido hasta el momento, se ha observado poca voluntad por parte de este y por el contrario se ha evidenciado que se continúan presentando las mismas anomalías”, dice el documento de la resolución.

“A pesar de que la Interventoría hizo recomendaciones al Contratista en lo referente a evitar causar daños a las estructuras existentes (sardineles), este hizo caso omiso y averió varias secciones que deben ser reparadas y/o reemplazadas”, destaca la Resolución 037 de la Secretaría de Vías de Neiva.

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