Un niño con tapabocas y una sociedad con vendas en los ojos

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El pasado 2 de julio, en el parque de atracciones Star Park del Centro Comercial San Pedro Plaza, en la ciudad de Neiva, ocurrió un hecho lamentable que merece no solo la atención de la opinión pública, sino una profunda reflexión ética, legal y social: al menor Liam Emiliano, de tan solo tres años, se le negó el ingreso al establecimiento por usar tapabocas, pese a que este lo portaba como medida de autocuidado frente a la leucemia que padece.

Sí, leyó bien: se le impidió disfrutar de un parque de diversiones por llevar una mascarilla, por proteger su vida.

Liam no representa solo a un niño con cáncer. Es símbolo de cientos de menores en Colombia que, aún en tratamiento oncológico, buscan una vida digna, momentos de alegría y espacios de inclusión. Lo que se vivió en este caso no es una anécdota desafortunada; es un acto claro de discriminación, de ignorancia médica y jurídica y sobre todo, de indiferencia humana.

En un país que ha atravesado una pandemia global y ha promovido el uso del tapabocas como medida de autocuidado y protección colectiva, resulta inaceptable que un establecimiento público argumente que portar mascarilla es motivo de exclusión o una supuesta “norma interna” que debe primar sobre los derechos fundamentales de un menor de edad.

Liam porta tapabocas no por una decisión estética ni por un capricho. Lo hace porque su sistema inmunológico está gravemente comprometido debido al tratamiento contra la leucemia. Lo hace para vivir. Negarle el ingreso por ese motivo es tanto como castigarlo por luchar por su salud. Es un agravio que no solo vulnera sus derechos como niño y paciente, sino que envía un mensaje gravemente equivocado sobre lo que debe ser una sociedad empática, informada y justa.

La Constitución Política de Colombia establece, en su artículo 13, que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley y que no se permitirá ninguna clase de discriminación por razones de raza, sexo, religión o condición de salud. A su vez, el artículo 44 reconoce como derechos fundamentales de los niños el derecho a la vida, a la salud, a la recreación y a la protección contra toda forma de abandono o trato degradante.

Al impedir el acceso de Liam al parque por su condición de salud, se vulneraron sus derechos a la igualdad, a la dignidad humana, al libre desarrollo de la personalidad y a la recreación, todos ellos amparados por el bloque de constitucionalidad y por tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia, como la Convención sobre los Derechos del Niño.

Este acto debe ser investigado a fondo por las autoridades competentes, y de encontrarse responsabilidades, deben imponerse las sanciones que correspondan. No por venganza, sino por justicia. Por prevención. Para sentar un precedente que impida que otras familias vivan lo que la de Liam ha sufrido.

Algunas voces podrán decir que “era una norma del lugar”, “que se trató de un malentendido”, o que “las reglas son para todos”. Pero en un Estado Social de Derecho, ninguna norma interna puede estar por encima de la ley, y mucho menos de los derechos fundamentales. Lo que ocurrió en Star Park no es un simple error administrativo. Es una falla estructural en la comprensión de lo que significa ser incluyente, ser responsable y tener sensibilidad social.

Un parque de diversiones debe ser un lugar de alegría, especialmente para los más pequeños. No puede convertirse en un espacio donde se estigmatiza la enfermedad, donde se excluye al que se cuida, donde se margina al más vulnerable.

Como sociedad, debemos preguntarnos en qué momento se nos olvidó que los niños enfermos no necesitan lástima, sino respeto. Que no buscan privilegios, sino igualdad de oportunidades. Que tienen derecho a jugar, a reír, a compartir con otros niños. Que portar un tapabocas no es un acto de rebeldía ni de amenaza, sino de protección, de responsabilidad, de esperanza.

Y a los establecimientos públicos, en especial a Star Park y al centro comercial que lo alberga, les corresponde capacitar a su personal, revisar sus políticas internas y alinearse con los principios constitucionales de inclusión, igualdad y no discriminación. Porque lo que se espera de un parque no es que expulse, sino que acoja.

Hoy fue Liam. Mañana puede ser otro niño, otra familia, otro motivo. No podemos permitir que la ignorancia sobre las condiciones de salud se traduzca en exclusión. No podemos permitir que las reglas internas silencien los derechos humanos. No podemos permitir que los tapabocas que protegen a los niños se conviertan en pretextos para cerrarle la puerta al juego, a la vida y a la dignidad.

A Liam, todo nuestro respaldo. A su familia, nuestra solidaridad. Y a los responsables de este agravio, el deber ineludible de responder ante la ley y, más aún, ante la conciencia colectiva de una sociedad que no puede seguir siendo cómplice del olvido.

Por: Faiver Augusto Segura Ochoa
Twitter -X: @faiver_segura

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