La seguridad vial y la vida humana

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La Semana Santa que acaba de pasar, será recordada durante mucho tiempo por la trágica muerte del célebre artista, El Gran Martín Elías, el más destacado descendiente de Diomedes Díaz y promisoria figura del folclor vallenato.

Su ascendente carrera artística en Colombia y América Latina, fue reflejada en los homenajes y la apoteósica ceremonia con que fue despedido. ¡Como los grandes!

Según lo ha expresado en los medios de comunicación, el Brigadier General Ramiro Castrillón, -de origen huilense-, Comandante de la Dirección de Tránsito y Transportes  de la Policía Nacional, el accidente se presentó por aparente exceso de velocidad, invasión de carril por un motociclista, un hueco en la vía y deficiente señalización, desatacando que, el resultado de la prueba de beodez salió negativo.

Adicionalmente, el conductor de la lujosa camioneta, manifestó a los medios, que el Gran Martín Elías (Q.E.P.D.), no portaba el cinturón de seguridad, porque en ese momento se estaba cambiando de camisa, debido a que viajaban de un concierto en el balneario de Coveñas.

Una suma de errores que se conjugaron, concatenadamente uno tras otro, para que se produjera ese funesto resultado. Al analizar detenidamente las causas que provocaron el siniestro, palmariamente salta a la vista, que se quebrantaron los pilares de la Política Nacional de Seguridad Vial y que el país, aún se encuentra en mora de implementar los planes organizacionales y locales de seguridad vial, como lo ordena el ordenamiento jurídico vigente en Colombia y el mundo.

Veamos detenidamente, la Asamblea General de las Naciones Unidas, expidió la Resolución 64/255 de 2010, que proclamó el periodo 2011-2020, como el “Decenio de Acción para la Seguridad Vial”, con el objetivo de reducir las víctimas mortales en accidentes de tránsito en todo el mundo. Fruto de ello, la ONU adopta el Plan Mundial para el Decenio de Acción Para la Seguridad Vial, el cual constituye un referente mundial, para la adopción de los planes nacionales, regionales y locales de seguridad vial, en atención a que cada año, cerca de 1.3 millones de personas fallecen a raíz de un accidente de tránsito, -más de 3.000 defunciones diarias-, un promedio de 20 millones de personas más sufren traumatismos no mortales y se espera que para el 2020 la cifra llegue a 2 millones de muertes por esta causa.

Colombia adoptó el Plan Nacional de Seguridad Vial PNSV, para el periodo 2011-2021, mediante Resolución No. 1282 de 2012, modificada por la 2273 de 2014 del Ministerio de Transporte, con el objetivo de reducir el número de víctimas fatales y no fatales en accidentes de tránsito. La ley 1503 de 2011, el Decreto 2851 de 2013 y la Resolución 1565 de 2014, instituyeron la obligación de formular e implementar, planes de seguridad vial en entidades públicas y privadas del país.

De las cinco líneas de acción que contiene el PNSV, se falló en tres de ellas: comportamiento humano, infraestructura segura y atención a víctimas. En la primera: se excedió la velocidad máxima permitida, no se utilizó debidamente los elementos de protección personal (cinturón de seguridad) y se trasgredió la política de conducción y descanso.

En la segunda la vía tenía huecos y deficiente señalización. En la tercera línea falló la atención oportuna de las víctimas, ya que fue su acordeonero, quien pasados varios minutos lo recogió en una camioneta sin las condiciones técnicas necesarias.

Las autoridades político administrativas deben intervenir en la seguridad vial, de ella depende la vida humana, para que, tragedias como ésta, no vuelvan a ocurrir y que en lugar del luto, florezca la vida!

Por: José Ferney Ducuara Castro – josefeducuara@hotmail.com

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