En Facebook no se podrá cobrar deudas: Corte Constitucional

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La Corte Constitucional tomó una decisión encaminada a regular las acciones que emprenden los ciudadanos en las redes sociales para cobrar una deuda.

Para el alto tribunal, a través de Facebook no se pueden cobrar deudas porque se está afectando la intimidad de la persona señalada.

De acuerdo con la Corte, estos espacios no pueden convertirse en medio para afectar el buen nombre y la honra de las personas que la utilizan.

“No conlleva un interés público y hace parte de la intimidad de la demandante”, precisó el alto tribunal en su fallo sobre el cobro de deudas en Facebook.

Según el argumento de la Corte, las mismas normas que aplican a los medios de comunicación pueden ser usadas por los jueces para determinar la responsabilidad de las personas cuando utilizan la red social Facebook para exigir el pago de deudas.

“Entre redes sociales y medios de comunicación (…) en la evaluación del correcto ejercicio de la libertad de expresión las reglas aplicables son las mismas para ambos”, indica el fallo de la Corte.

El alto tribunal afirmó que los usuarios que realicen cobros por Facebook podrán ser obligados a retractarse públicamente en la red social, en los mismos términos que se realizó la arremetida.

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