El ABC para solicitar el uso de suelo en Neiva

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Si usted es comerciante y tiene la intención de abrir en la ciudad de Neiva un establecimiento comercial es importante que cumpla con los requisitos que exige la Alcaldía Municipal para el uso del suelo, contenidos en la Ley 232 de 1995. Para tal efecto el Departamento Administrativo de Planeación de Neiva indicó que el ciudadano debe cumplir con una serie de requisitos para la actividad comercial, el más importante de los cuales es la viabilidad del uso del suelo.

El arquitecto Hellman González García, de la oficina de usos del suelo del Municipio recalcó que  los establecimientos de comercio antes de diligenciar la Cámara de Comercio deben contar con las normas del uso del suelo.

A continuación, el servidor público dio a conocer los principales requisitos de la reglamentación vigente.

A.   Solicitar el concepto de uso del suelo

“De acuerdo a la norma y al Plan de Ordenamiento Territorial le indicamos al ciudadano si la actividad que va a desarrollar puede funcionar en el sector que quiere”. Para ello se debe diligenciar un formato en el que se pide la dirección del inmueble, código catastral, actividad que va a desarrollar y razón social.

El formato puede ser descargado en la página web del Municipio, en los centros de fotocopiado, aledaños a la Alcaldía de Neiva, o en la misma Dirección de Planeación. Este debe ser radicado en Tesorería y la respuesta puede tardar entre 10 y 15 días, dependiendo del número de solicitudes.

B.   Registrarse ante Cámara de Comercio

“Se recalca que el primer documento que debe solicitar toda persona es el uso del suelo, la Cámara de Comercio es posterior”.

El registro ante la Cámara de Comercio se realiza una vez se haya obtenido la viabilidad del uso, lo que permite que el negocio quede legalmente conformado.

C.   Acondicionamientos

Una vez se dé viabilidad al uso del suelo, el empresario debe  tener en cuenta las adecuaciones que exige la norma para el funcionamiento del negocio. En tal sentido, en el caso de los dedicados a la venta y consumo de licor hay que cumplir con la insonorización, evacuación emergencias, área de parqueaderos internos, accesos para personas con discapacidad y que no estén cerca a colegios. Los negocios como restaurantes, cafeterías y tiendas deben acatar el horario de funcionamiento y el no consumo de licor.

D.   Cumplimiento de la norma

“En el caso de los bares y discotecas la noma es muy estricta, pero para todos los negocios se están haciendo operativos para verificar el cumplimiento de lo establecido en la Ley 232 y el POT, y enviar las notificaciones a Dirección de Justicia”. Cabe resaltar que la norma incluye también el cumplimiento de Sayco Acinpro y salubridad, entre otros.

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