Esta semana la Superintendencia de Industria y Comercio expidió una “guía de buenas prácticas para la actividad publicitaria de los influenciadores”, algo la verdad atrevido y novedoso a la vez.
De lo que se trata es de proteger los derechos de los consumidores, de todos los ciudadanos, que constantemente estamos expuestos a publicidad, anuncios y campañas de promoción de productos, servicios, etc.
Pero resulta que este tipo de actividades que estábamos acostumbrados a ver en la televisión o en la radio, rápidamente encontraron un nicho en la internet, en las redes sociales, llevando a que algunas personas, saliendo del anonimato o incluso por ser precisamente un “famoso”, como se les suele decir coloquialmente, empezaran a promocionar artículos, servicios y muchas otras cosas en sus redes sociales.
Y es que un influenciador es quien en redes sociales tiene muchos seguidores (hasta millones), muchas personas atienden o se dejen influir por lo que ellos dicen, opinan, consumen y hasta recomiendan; el mercado y los comerciantes se dieron cuenta rápidamente que allí había una fuente de ingresos y de negocio, de manera que muchos influenciadores viven de eso, de poner estados, fotos o videos para dar a conocer contenidos de bienes y servicios y los anunciantes de ellos.
La guía de la Superintendencia busca dar unas pautas a los influenciadores y anunciantes para cuando publiciten en plataformas digitales. Entre ellas, ellos deben dejar claro si lo que anuncian o publicitan es producto de una relación comercial con el anunciante; también deben abstenerse de hacer publicidad haciéndola pasar como natural y espontánea, cuando es un mensaje claramente publicitario, por el cual el influenciador está recibiendo un beneficio, entre otras medidas.
Se trata de la exigencia de autoregulación de la actividad para que haya transparencia ante los consumidores, y esto tiene sentido, miremos un ejemplo: si un “famoso” en su cuenta de red social anuncia y comunica que usa una determinada crema hidratante (hace publicidad a un producto), y atribuye a ese producto la excelente condición de su piel, debe contar que por ese anuncio recibe una remuneración por tener una relación comercial con el productor o comerciante, pues de otra forma el consumidor podrá estar engañado; es decir, el consumidor tiene el derecho a saber si el influenciador recibe un pago por lo que recomienda, pues eso le permitirá valorar con mayor objetividad la adquisición o no del producto.
Como se dan cuenta, son los nuevos desafíos regulatorios que trae la tecnología; la modernidad y la tecnología traen grandes posibilidades, también problemas y situaciones que deben ser objeto de regulación.
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Por: Jorge Fernando Perdomo
Abogado
Twitter: @JFPerdomoTorres