El Tribunal Administrativo del Huila declaró no probada la “inexistencia de causal de nulidad electoral por doble militancia” contra el alcalde del municipio de Palermo, Kleiver Oviedo Farfán, elegido en las pasadas elecciones del mes de octubre, quien se inscribió por la coalición ‘Salvemos Palermo’, para el periodo constitucional 2024 – 2027.
Según el demandante, Noel Javier Ortiz Oviedo, durante la campaña del entonces candidato, decidió respaldar al Concejo local a Yon Jaiber González y a Yony Camacho, números 1 y 2 en el tarjetón respectivamente por el Partido Liberal.
De igual manera, afirma que el demandado apoyo al candidato a la Asamblea por el Partido de la U, Néstor Rodríguez; como pruebas aportó varias fotografías de una página social – Facebook-. Finalmente, asegura que Oviedo Farfán también apoyó al candidato a la Asamblea por el Partido Conservador, Alexandro Salazar.
El mandatario, se opuso a la prosperidad de las pretensiones, la nulidad de la elección, argumentando que las pruebas que configuraban la doble militancia, no se pueden considerar como una causal de nulidad electoral. Según el Consejo de Estado “el hecho de que algún candidato aparezca en una misma foto con otros, no acredita dicho auxilio o una invitación concreta a votar o favorecer a aspirantes de partido distinto”, señala el máximo juez de la administración pública.
De acuerdo con el abogado defensor Alberto Yepes Barrero y según el Consejo de Estado, las pruebas deben llevar al convencimiento total y no dejar dudas, «más allá de cualquier duda razonable, de la existencia de actos de apoyo e impulso proselitista a favor de una candidatura extraña», y se requiere “que de las acciones del candidato se derive una determinación clara y unívoca y se pueda concluir de manera evidente que existió una invitación concreta a favorecer al candidato de otro partido. En ese sentido, la sola presencia de dos candidatos en un mismo recinto -aun en los casos en que se trate de un evento político ajeno a los de su partido – no permite concluir la existencia de actos positivos y concretos de apoyo”, agregó el abogado constitucionalista.
Además, Yepes Barrero, aseguró que el demandante no logró demostrar que la coalición Salvemos Palermo, hubiese tenido candidatos al Concejo del municipio y que no recibieron apoyo de Kleiver Oviedo, lo que conllevó a que no resultaran elegidos, tal y como lo denunció la contraparte.
Los videos aportados por el demandante como pruebas, no han cumplido con los requisitos que ha sostenido el Consejo de Estado con relación a su autenticidad e integridad.
Niegan demanda contra alcalde de Palermo No hubo pruebas contundentes por doble militancia