La CAM restringe caudal del río Fortalecillas para uso agrícola

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La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM emitió la Resolución 0268 de 2016, la cual restringe  en un 30% el caudal concesionado para actividades agrícolas y pecuarias en el río Fortalecillas con jurisdicción en los municipios de Neiva y Tello. La media exceptúa el uso doméstico.

“La Corporación hace una restricción del 30% de los caudales concesionados a los cerca de 135 usuarios que hacen parte de la reglamentación del río Fortalecillas. Esto significa que todos los usuarios que tenga concesión y que desarrollan actividades agrícolas, pecuarias e incluso de alguna actividad industrial, tienen que cumplir con esta restricción en sus captaciones”; explicó Juan Carlos Ortiz Cuéllar, subdirector de Regulación y Calidad de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM.

De acuerdo con el funcionario, esta restricción no aplica para el acueducto del corregimiento de Fortalecillas, pues precisamente este tipo de medida lo que busca es garantizar el suministro de agua para el consumo humano y uso doméstico.

“Caso diferente es para el acueducto de Fortalecillas que no tiene ningún tipo de restricción, sino que precisamente en aras de garantizar el adecuado caudal a las viviendas y familias que habitan en el corregimiento de Fortalecillas, ese caudal no se toca y queda como está en la concesión”, destacó  el Subdirector de Regulación.

De acuerdo con la autoridad ambiental del Huila, el caudal normal que el río Fortalecillas venía registrando era de 3.150 litros por segundo, y hoy con el Fenómeno del Niño se han encontrado caudales que solamente llegan a 2.350 litros por segundo.

“Como esta disminución está alrededor de un 25%, la CAM tomó la decisión  de restringir en un 30% el caudal concesionado para actividades agrícolas y pecuarios en la corriente”, mencionó Ortiz Cuéllar.

Para el Subdirector de Regulación y Calidad esta medida es de inmediato acatamiento por los usuarios de las concesiones, que les permita tener una responsabilidad en la programación de la siembra de sus cultivos y en las actividades pecuarias que desarrollan.

Restricciones

La CAM en cumplimiento de sus funciones y considerando la especial situación de variabilidad climática que se registra con el fenómeno de El Niño, ha venido tomando decisiones técnicas al evaluar y analizar las condiciones de oferta hídrica de las corrientes y el comportamiento de caudales.

Es así como la Corporación ha expedido resoluciones que permiten el adecuado uso del recurso hídrico, entendiendo que la prioridad debe ser para el consumo humano y doméstico que permita el abastecimiento de agua potable a los acueductos municipales  de la zona urbana y rural.

Actualmente, existen restricciones para el uso de concesiones de agua en un 50% para actividades agropecuarias en los ríos Las Ceibas, Neiva, Fortalecillas  y la quebrada Majo.

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